El documento TOL10.175.652 corresponde a una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona sobre un caso de desahucio. En este caso, se trataba de un arrendatario que no recogió un burofax enviado por el arrendador, que había sido remitido a la vivienda alquilada, con aviso dejado al destinatario. La Audiencia concluye que la pasividad del inquilino, al no recoger el burofax, no puede perjudicar al arrendador ni evitar la denegación de la prórroga del contrato de arrendamiento.
«Cabecera: Desahucio. Si el burofax no fue recogido por el arrendatario, a pesar de que fue remitido a la vivienda arrendada, y se le dejó aviso al destinatario, la pasividad de la parte demandada en ningún caso puede perjudicar al arrendador la denegación de la prórroga.»
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